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Comunicado de prensa sobre el desarrollo de las audiencias preliminares ante la Corte Internacional de Justicia

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Mié, 09/30/2015

 

El Ministerio de Relaciones Exteriores se permite informar que en desarrollo de las audiencias preliminares ante la Corte Internacional de Justicia por la demanda de Nicaragua ante el supuesto incumplimiento del fallo de 2012, Colombia ha hecho uso de los turnos para la exposición de sus argumentos y como resultado de los mismos le entrega a la opinión publica el siguiente balance:

1.       El equipo de defensa de Colombia conformado por su agente, el coagente y los asesores legales internacionales ha presentado ante los jueces, clara y contundentemente en las seis intervenciones de hoy, las razones por las que la Corte debe declarar la no competencia para conocer este caso. Las intervenciones se resumen de la siguiente manera:

  • Sir Michael Wood reiteró hoy que Colombia no reconoce la competencia de la Corte Internacional de Justicia para resolver sobre la demanda de Nicaragua. Precisamente por eso de manera oportuna denunció el Pacto de Bogotá con efecto inmediato; hizo énfasis en que el consentimiento de los Estados debe ser respetado.
  • El profesor Michael Reisman ahondó en la argumentación de Colombia en torno a que en el momento de presentarse la demanda de Nicaragua, no existía una controversia entre los dos países, requisito exigido inclusive, por el propio Pacto de Bogotá. Recalcó especialmente que Nicaragua no puede seguir pretendiendo un tratamiento especial ya que ante la ley, todos los estados son iguales.
  • Eduardo Valencia-Ospina explicó que, aún en el caso que la Corte encontrara que el Pacto de Bogotá fuera aplicable, Nicaragua desconoció la obligación prevista en el propio Pacto en el sentido de que solo cuando las dos partes de una controversia concluyen que la misma no puede resolverse a través de la negociación diplomática, quedan habilitadas para acudir a otros procedimientos de solución de controversias, incluyendo, el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia.
  • El Profesor Tullio Treves rebatió la teoría promovida por Nicaragua según la cual, la Corte tiene en este caso competencia derivada del propio fallo de 2012, ya que son funciones que, claramente, no le asigna la carta de las Naciones Unidas ni el Estatuto de la misma Corte.
  • Rodman Bundy hizo la intervención de cierre de la argumentación de los asesores de Colombia reafirmando que en las cinco excepciones queda demostrado que no existieron, ni existen ni los eventos ni los hechos, para que la Corte tenga la jurisdicción para aceptar el caso.
  • Finalmente, Carlos Gustavo Arrieta, en su condición de Agente de Colombia, rechazó las tergiversaciones hechas por Nicaragua y concluyó la presentación en estas audiencias, con unas reflexiones finales sobre el carácter democrático de nuestro país, el cual es respetuoso del derecho y de la Corte. Cerró con la petición mediante la cual Colombia solicitó al tribunal que rechace la demanda de Nicaragua.

2.       Que el equipo de defensa ha realizado un trabajo jurídico meticuloso y detallado durante más de dos años para demostrar como a la luz del derecho internacional Nicaragua pretende construir un caso cuando no existen elementos para ello.

3.       Que Colombia mantiene su disposición para el diálogo y la diplomacia.  

La Haya (Países Bajos), septiembre 30 de 2015.


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